Jubilación por Tiempo en Servicio
DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO
Jubilación por Tiempo en Servicio o Jubilación por Antigüedad en el Servicio es el beneficio que le permite al docente del Ministerio de Educación de la República Dominicana (MINERD) continuar recibiendo ingresos al retirarse de sus labores, como consecuencia exclusiva de la protección por antigüedad en la prestación de servicios.
El docente del MINERD, en su calidad de jubilado podrá laborar bajo la modalidad de contratado en el Sistema Educativo o en otra institución de carácter público o privado y continuar paralelamente recibiendo, sin interrupción, el monto de la jubilación que le haya sido otorgada a través del INABIMA. No obstante, no tendrá derecho a jubilarse por segunda vez, ni a aumentar el monto original de su jubilación en el INABIMA.
A QUIÉN VA DIRIGIDO
DEPARTAMENTO QUE LO OFRECE
INFORMACIÓN DE CONTACTO
Teléfono: 809-686-6567 • Fax: 809-687-3553
Email: contacto@inabima.gob.do
Dirección: Av. Máximo Gómez #28, Zona Universitaria, Santo Domingo, D.N., República Dominicana.
REQUERIMIENTOS O REQUISITOS
IMPORTANTE: Esto solo aplica a los maestros y Maestras del Ministerio de Educación que adquieren el derecho a la jubilación automática según la estala siguiente:
- a) Haber cumplido 30 años en el servicio docente, en el Ministerio de Educación, sin importar la edad,
- b) Haber cumplido 25 años en el servicio docente en el Ministerio de Educación y 55 años de edad,
- c) Haber cumplido 60 años de edad y 20 años en el servicio docente en el Ministerio de Educación,
* El docente podrá optar por una jubilación después de haber cumplido 20 años en el servicio docente en el Ministerio de Educación, sin importar la edad, con el sesenta por ciento (60%) del promedio de los salarios devengados en los últimos doce meses.
Detalle de requisitos:
1) Acta de nacimiento original legalizada
2) Certificación de cargos desempeñados en la Administración Pública, expedida por la Contraloría General de la República
3) Formulario de solicitud de Jubilación, JPI
4) Certificación de trabajo expedida por el Ministerio de Educación (MINERD)
5) Comunicación dirigida al Ministro de Educación, expresando su deseo de jubilarse
6) Fotocopia de la cédula de identidad y electoral
7) Tres (3) fotos 2×2, recientes
Nota: Todos estos documentos se deben depositar en un original y dos copias en el Distrito, Regional o Centro Educativo en el que el solicitante preste servicios.
PROCEDIMIENTOS A SEGUIR
- El Director Regional, de Distrito o Centro Educativo, deberá depositar ante la Dirección de Recursos Humanos del MINERD la solicitud de jubilación recibida, con los documentos requeridos, anexos.
- La Dirección de Recursos Humanos del MINERD recibe el expediente del docente y lo tramita al INABIMA.
- El INABIMA procede al análisis y evaluación del expediente, conforme los requisitos establecidos por la Ley No. 451-08 y prepara el anteproyecto de Decreto, realizando el cálculo del monto de la pensión, de acuerdo con el promedio salarial de los últimos 12 meses, atendiendo a los años en servicio y la edad del docente.
- INABIMA procede con la remisión de la propuesta de Decreto al Ministro de Educación/Presidente Constitucional de la República, para su posterior promulgación.
- Una vez promulgado el decreto por el Poder Ejecutivo, se convoca al docente para el Acto de Juramentación como JUBILADO, procedimiento con carácter de obligatoriedad. Debe presentarse en persona ante las autoridades del INABIMA, donde es juramentado y provisto del carnet que lo identifica como afiliado al programa de pensiones y jubilaciones del INABIMA.
Horario de prestación
Costo
Tiempo de realización
Canal de Prestación
Vigencia
INFORMACIÓN ADICIONAL
“Cumplidos los requisitos para obtener la jubilación, el docente tramitará la solicitud con su expediente completo y continuará sus labores habituales hasta cumplidos 120 días calendario¨.
Modificado 01/9/2001